ENCUENTROS
Revista de Ciencias Humanas, Teoría Social y Pensamiento Crítico
ISSN: 2343-6131 / ISSN-e: 2610-8046
Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt
Maracaibo, Venezuela
Ensayos
N° 09. Enero-Junio 2019
pp. 09-26
Genelogía de la gubernamentalidad: La construcción del otro
en los inicios de la modernidad.
Genealogy of governmentality: The construction of the other in the begin-
nings of modernity.
Ángel
Oroño
Uniiversidad del Zulia (Doctorado en Ciecias Humanas)
Maracaibo,
Venezuela
Resumen
Se busca develar las líneas de una genealogía que compromete el Estado de Naturaleza con la cons-
trucción que se hace desde el poder sobre el otro. Resulta crucial los primeros cien años de coloni- zación. A partir de allí se establecieron las bases políticas,
teológicas y epistémicas sobre las que el
habitante originario y su descendencia son culpable de su propia
desdicha. Se aborda
el Estado de Naturaleza como su primera
construcción política. Posteriormente se identifica el asentamiento del régimen cristiano en América
y su patente de apropiación. Se describen sus líneas de mando y final- mente
se explican las narrativas comando
y sus eufemismos. Se concluye
que la función primaría de la guberna-mentalidad, es la construcción y conducción de aquel que el poder ubica fuera de los már- genes
normales de la vida en sociedad. Procura
la alteración de su conducta, empleando un conjunto de estrategias naturalizadas o legitimada por el
poder.
Palabras Claves: genealogía, gubernamentalidad, Estado, narrativa.
Abstract
This paper seeks to reveal the lines of a genealogy that compromises the State of Nature with the
construction that is made from the
power over the Other. The first hundred years of colonization are crucial. From this point on, the political, theological and epistemic bases were established. In this one the original inhabitant and his offspring are guilty of their own misery. The State of Nature is
approached as its first political construction. Later the settlement of the Christian
regime in America is identified and its patent appropriation. Their command lines will be described and finally the com- mand
narratives and their euphemisms will be explained. It is concluded that the primary
function of the govern-mentality is the construction and conduction of the one who is placed by the power outside the normal margins of the life in society. Then, it seeks to alter its behavior
by using a set of naturalized or power-legitimized strategies.
Keywords: Genealogy,
Govern-mentality, State, narrative.
Recibido: 07/11/2018
Aceptado: 10/12/2018
Introducción
Este
primer paso en la construcción de nuestro tema de investigación busca develar
las líneas de una genealogía que compromete el Estado de Naturaleza, con la construcción “político-ficcional” que se
hace desde el poder sobre el otro. Debajo del razonamiento europeo
sobre el “Estado
de Naturaleza” se edifica
buena parte de la jurisprudencia de los siglos poste-
riores que perfilaron la modernidad. Se trata de una cimentación epistémi- ca y política
de los “juristas” que inauguraron sus razonamientos escritos a partir del siglo XVI.
Es crucial
detectar los procesos
ocurridos en los primeros cien años
de la colonización, pues a partir de estos se establecieron las bases polí- ticas, teológicas y epistémicas sobre las que el colonizado habría de ser el
culpable eterno de su propia
desdicha. Es este punto lo que nos permite
establecer en nuestra investigación genealógica los principios sobre los que se
gesta la gubernamentalización americana.
La “Guerra Santa” con- tra los infieles, las políticas de vigilancia del binomio iglesia-corona sobre las poblaciones nativas
y nacientes en las Américas,
tuvieron como núcleo discursivo-accionario la sospecha
sobre el indio y toda su descendencia.
Entendemos
por genealogías el “redescubrimiento meticuloso de las
luchas y memoria bruta de los enfrentamientos” (Foucault, 1979) que sub-
yacen dentro
y fuera del discurso de un saber que se construye así mis- mo un ropaje de oficialidad, legitimidad y verosimilitud. Las
genealogías entran en juego, bien sea, como “saberes locales”
(discontinuos, no le- gitimados, descalificados) o bien sea, como
anti-ciencias, puesto que su ordenamiento está sujeto a las múltiples
contingencias en pugna entre di- versos contextos, diversos
sujetos y diversas
prácticas jerarquizadas por el
hacer-decir de una ciencia que
pretende nivelarlos-ubicarlos en el margen
de un poder centralizado(r).
Indagar
en las genealogías implica detectar los dispositivos de control que re-acomodan
sus prácticas de hacer-decir en favor
de una presunta supremacía (religiosa, racial o cognitiva) que se hace
sigilosamente tácita conforme a su violenta imposición. Se trata de hilvanar
algunos nudos si- lenciados en el transcurso histórico-epistémico de la
relación saber-poder que se ha impuesto
en Occidente. Este “hilvanar” es una marcha contraco-
rriente de su
núcleo fagocitador, puesto que las
fuerzas legitimadoras que la circundan y que así constituyen su propia trama
centrífuga suma en el olvido aquello que no puede ser codificado bajo los
signos de la escritura alfabética.
Este
caminar investigativo y hermenéutico es similar al enfoque ar- queológico que busca develar
cuerpos, en este caso epistémicos, sote-
rrados, olvidados, descalificados e incluso eufemizados por categorías
validadas desde el conocimiento, primero teológico, posteriormente cien-
tífico. Se busca develar las líneas de una genealogía que compromete el Estado
de Naturaleza, con el establecimiento de una construcción “polí-
tico-ficcional” que se hace desde el poder sobre el Otro. La historia de la
gubernamentalidad en América
comprende todo lo que de esa “construc- ción” se derivó. Así, el punto de partida genealógico está en la filogéne-
sis histórica que vincula la iglesia católica con la Corona española, desde la
que se configuró conceptual y ficcionalmente alteridades asimétricas como
identidades congénitas en el Otro.
En resumen,
se trata de dispositivos eufemísticos dentro del discur-
so del poder que solapan una arraigada “violencia epistémica”, sobre los
cuerpos dominados-subalternizados; pero que al hacerlo, la naturalizan y
convierten sus consecuencias en congénitas.
Desde y con la escritura de crónicas, relaciones, cátedras, juntas y debates públicos, se constituye un “cuerpo letrado”
(Rama, 1985) desde el cual la identidad en toda su
profundidad es comprendida bajo códigos de homogeneidad fundamentado sobre un
eje que tiene hasta finales del siglo XVI su punto de enunciación los púlpitos
de las iglesias, el consejo de Indias, el consejo real y las universidades
manejadas (al menos las que estuvieron mayor influencia en la corona) por la
orden dominica.
1. El Estado de Naturaleza: primera
construcción epistémica sobre el
“otro”.
El aislamiento del hombre, constituyó para los europeos
del Siglo XVI, un canon valorativo que estaba
marcado claramente por el peligro. Para- dójicamente, este aislamiento como referente de lo malo, es convertido en “clausura razonada” para el
mundo europeo espacialmente en el siglo XVIII
y XIX. La proliferación de los leprosarios que describe Michel Fou-
cault, en su historia de la Locura (1979), está claramente vinculada
con la desaparición de la lepra a finales de Edad Media. La cuantía de
estas instalaciones representó una fortuna que debía ser inventariada, controlada e intencionalmente marcado su
aislamiento:
“La lepra se retira, abandonando lugares y ritos que no estaban
destinados a suprimirla, sino a mantenerla a una distancia
sagrada, a fijarla
en una exaltación inversa. Lo que durará más tiempo que la lepra, y que se mantendrá
en una época en la cual, desde muchos años atrás, los leprosarios están
vacíos, son los valores y las imágenes que se habían unido al personaje del
leproso, permanecerá el sentido de su exclusión, la importancia en el grupo social de esta figura
insistente y terrible, a la cual no se puede apartar
sin haber trazado
antes de ella un círculo sagrado” (Foucault, 1979;
p.17)
Este “sentido de exclusión” que señala Foucault, se convierte en
los Siglos XVII y XVIII en parte de lo que el mismo
autor llamó “juegos de exclusión”, cuyas estructuras
subsistieron, “esencialmente esta forma considerable de separación rigurosa, que es exclusión social, pero reinte- gración espiritual” (Foucault,
1979; p. 18). El aislamiento si es “contro-
lado” reglamentado y bajo el control del soberano, se convierte en un “ais- lamiento” que permitiría la
reintegración del sujeto con sus semejantes. Contrario a ello, el aislamiento
no reglamentado por el poder occidental, bien sea el poder eclesiástico o
político, se le destina la muerte violenta.
Cualquiera
de las
órdenes religiosas cristianas de la Edad Media (y posterior a ella) al aislamiento se le consideraba siempre una fuente
de pu- rificación, un “puente” sagrado
a través del cual se depuraba el alma de los
pecados de la carne. Pero este aislamiento estaba rigurosamente sometido a un conjunto de reglas, normas y pautas sobre las que la carne del cuerpo
debía ser orientada para salvar
el alma humana.
Es decir, el aislamiento de los santos y santas de la llamada Edad Media, no fue la
regla, sino, como bien sabemos la excepción de una forma de vida, seguida al píe de la letra de
las Sagradas Escrituras, que se ocupaba
de la eternidad del alma,
mor- tificando la carne.
El
aislamiento que no es conducido por las pautas de un poder pre- viamente consensuado y constituido,
resulta un aislamiento problemático para occidente. Los alejamientos de la
vida social, nunca fueron vistos como procedimientos benévolos,
salvo, aquellos que fueron sometidos en obediencia sistemática bajo una
autoridad eclesial o política. Como una tentativa conclusión en relación
al tema que nos concierne, podemos decir que el aislamiento, en todo caso,
es cuestionado, cuando el aislado
se
distancia de la razón pastoral (Foucault, 1918) y de la razón política. El aislamiento, fuera de la norma, es
inseguro, incierto y peligroso.
El
nacimiento de la jurisprudencia de todos los siglos posteriores al Siglo XVI en
el que surgió, comprendió el Estado
de Naturaleza como un Estado que la humanidad debía
superar. Dicho
Estado, para los padres del iusnaturalismo, es enemigo de
todo hombre, (Carpintero, 1985). En
este sentido el razonamiento jurídico se orientaba a que bajo esta condición el
hombre no tiene posibilidades para desarrollar los cultivos, la
navega- ción, el uso de los bienes, la industria, las construcciones
confortables, lo cual no deja espacio para el surgimiento en definitiva del arte, de las letras y
de la sociedad. La nueva razón del
siglo XVI, apuntaba
a que el Estado de
Naturaleza, es una dimensión del caos; en él la vida se hace más cor- ta, pues se vive bajo
la sombra de un latente peligro de muerte violenta, (Carpintero, 1985). Ello,
según los padres del iusnaturalismo hace que la vida sea desagradable, pobre, austera y solitaria, pues el derecho
natural es el derecho de los
hombres solitarios, como lo señala Francisco Conannus (Carpintero, 1985).
Según
el iusnaturalismo, el hombre asilado acude a su necesidad im- periosa de vivir en sociedad bajo la forma de un contrato. Este contrato
es lo que permite la legitimidad de la vida en sociedad. Esa legitimidad está
amparada por la posibilidad de defender la sociabilidad que se ejerce una vez
establecido el contrato. Esto, es lo que garantiza, en teoría, que
nadie pueda suprimir los derechos de unos sobre los otros, una vez que se vive
en sociedad. Los derechos son innatos al hombre y estos derechos deben ser protegidos cuando se convive
en sociedad, lo cual resulta
ser el bien común de la misma. (Carpintero, 1985) Visto de esta forma, este
razonamiento pareciera fundamentar principios sobre los que, como efec-
tivamente ocurrió, se construyeron programas políticos a lo largo de dos siglos y más. A nuestro juicio,
el Estado termina
siendo los “pies de barro” de
toda la “arquitectónica jurisprudencial” sobre lo que el mundo moderno irguió sus banderas de bienestar,
seguridad y progreso.
Norberto Bobbio, en su análisis sobre Thomas Hobbe, en su texto del mismo nombre, identifica el Estado de
Naturaleza del iusnaturalismo como un modelo inexistente, puesto que dicha “formación
histórico-so- cial como la descrita no ha existido
nunca en la realidad”
(Bobbio, 1989). El Estado de Naturaleza, se piensa sobre un eje dicotómico en cuyos ex-
tremos se
encontraría idealmente éste frente al Estado político. El Estado de Naturaleza
se remonta a la idea de que el hombre aislado y fuera del consenso no es capaz
de construir una sociedad civil y política. En este sentido, describe Bobbio:
“Entre el Estado de naturaleza y el Estado político existe una
relación de con- traposición, en el sentido de que el Estado político surge como una antítesis del Estado de
naturaleza (cuyos defectos está llamado a corregir o eliminar) (…) El paso del Estado de naturaleza al Estado civil
no se produce necesariamente por la
fuerza misma de las cosas, sino mediante una o más convenciones, es decir, me- diante uno o más actos voluntarios o intencionados de los individuos interesados en salir del Estado de naturaleza, lo que tiene la
consecuencia de que el Estado civil se conciba
como un ente “artificial” o, como hoy se diría,
un producto de la
“cultura” y no de la “naturaleza” (N: Bobbio, 1989; p: 4)
Debajo del razonamiento europeo sobre el “Estado de Naturaleza”
se edifica buena parte de la jurisprudencia de los siglos posteriores
que per- filaron la modernidad. Se
trata de una cimentación epistémica y política de los “juristas” que
inauguraron sus razonamientos escritos a partir del siglo XVI, como
base de una “construcción conceptual-ficcional” sobre lo que a sus propio juicio moral, no es Occidente. Al respecto, Mariano
Gaudio, escribe:
“La artificialidad del estado de naturaleza reside
en que el sujeto allí descrito, ese hombre entendido como un átomo aislado
y absolutamente independiente es una abstracción, un concepto, un pensamiento”. Similarmente sentencia Bobbio: “La imagen de un Estado que nace, del
consenso recíproco de los
individuos singu- lares, originalmente libres e iguales, es pura acuñación intelectual” (N, Bobbio;
1989; p: 3)
Sin
duda, para comprender con mayor precisión los intereses a los que los padres de
isunaturalismo se orientaban, valdría la pena estudiar con mayor
detenimiento un cúmulo vinculado a sus prácticas religiosas, su formación
educativa, ocupaciones, militancia política y aspiraciones de
clase. Ello, convendría hacerlo como un apartado
posterior que nutra nues-
tros primeros intentos genealógicos en clave gubernamental,
sin embar- go, nos interesa destacar
que el nacimiento del Estado, su construcción epistémica lleva implícita la
“ubicación” del sujeto subordinado frente a este poder. El Estado nace en tanto que ubica políticamente al otro den-
tro de diferenciaciones asimétricas que contrastan con éste. El Estado de
Naturaleza fue una de estas primeras construcciones político – ficcionales sobre las que se subalternizó al sujeto que es ubicado
fuera de las fronteras
epistémicas y geográficas de Occidente. De allí que “los naturales” del nuevo mundo
fueron encerrados dentro
de “círculos sagrados” mutados
en diversas formas de programas
de gobierno sobre los mismos para su
“reinserción espiritual” posterior a su confinamiento.
2. Líneas de mando y patente de apropiación
de la corona española
Las
ideas y primeras estructuras asentadas por los juristas del iusna- turalismo
del siglo XVI, abre las puertas para que el debate se extienda a otras esferas
relacionadas desde los poderes de la época. Con la llegada del decadente imperio Español en 1492 a América, se inician disertaciones dilatadas en el tiempo, sobre
las maneras cómo a la Corona española
le es atribuido el “derecho de propiedad” sobre las
tierras “descubiertas”. Anterior al surgimiento de las declaratorias de Francisco de Vitoria,
no se cuestionó el derecho de propiedad de la Corona. Las Bula (Dominus
Orbis) del Papa Alejandro VI, no se discutían.
Es preciso que hundamos
la mirada sobre el pensamiento cristiano y su labor
“salvadora” de almas,
como expresión de la Razón
Pastoral (Fou- cault, 1978) en América,
expresada en categorías, procedimientos, técni-
cas y tecnologías de gobierno,
es decir, gubernamentalizadas en el adoctri-
namiento, la enseñanza – instrucción y posteriormente la educación.
En las valoraciones teológicas queda implícita la vieja disputa
sobre las actuaciones de los hombres,
de no estar sujetas a la “santa
obediencia”, como actuaciones infieles, erróneas y desprovistas de la
suprema línea sobrenatural: Dios / sobre los hombres /
hombres sobre la naturaleza,
desde la cual todo se deriva en el cristianismo y posteriormente en la mo- dernidad.
La
legitimidad sobre las “nuevas tierras” hunde sus raíces en la “do- nación” que, como decíamos anteriormente hace el Papa Alejandro VI. Esto, se hace apoyándose en el razonamiento cristiano que
enalteció la presencia mortal (del Papa) como representante de Jesucristo- Dios
en la tierra. La línea de mando: Dios-Papa-Fieles, proscribió las razones
sobre- naturales para titular en su nombre las nuevas tierras. Enrique Dussel,
en el capítulo I de su libro El Dualismo en la Antropología de la Cristiandad, explica parte del sustento
ontológico del pensamiento cristiano:
“El pensamiento cristiano
fue constituyendo progresivamente una reflexión me- tódica que expresaba tematizadamente
su comprensión del mundo. Originaria- mente dicho pensamiento nació sobre el tronco de la tradición
semita, en su rama
hebrea: el judaísmo. Los cristianos poseyeron entonces una
estructura intencio- nal dada a priori, sea de la tradición bíblica de Israel,
sea de la revelación de Jesucristo expresada en parte en el Nuevo Testamento y portada por la conciencia colectiva, histórica y viviente
de su Iglesia” (E. Dussel; 1974 p: 33)
Siendo el Papa el depositario de toda la potestad y soberanía
univer- sal de Cristo en la tierra,
heredada a San Pedro y a todos sus sucesores (patriarcas de la Iglesia), puede
desposeer a los príncipes infieles de sus tierras a razón, precisamente, de su infidelidad. Es decir, si el no-cristiano,
es infiel a Dios, es precisamente esta “infidelidad” quien
otorga el derecho de apropiarse de sus bienes,
tierras y dominios,
tanto para la Iglesia como para la Corona. Los precedentes a la Bula del papa Alejandro VI, fueron
las Partidas que se titulaban sobre los hallazgos de nuevas tierras que
ha- cía la iglesia. (Barba, E. 1965)
Sin
duda las bulas alejandrinas buscaron resguardar los nuevos territo- rios y así
establecerle límites al avance Portugués. La Primera Bula Inter cetera,
expresa:
“Entre todas las cosas agradables a Dios, es la principal la exaltación y la amplia- ción de la fe católica a las naciones bárbaras; y habiendo demostrado
los reyes su celo católico en
la conquista de Granada, era justo facilitarles los medios con objeto de que pudieran
seguir su propósito
para honra de Dios y propagación
del Imperio cristiano” (Barba, E. 1965; p: 311)
Posteriormente señala: “Por la autoridad de Dios omnipotente concedida
a Nos en San Pedro, y del Vicario de Jesucristo que representamos en la
tierra, a vosotros y a vuestros herederos y sucesores los reyes de Castilla y
León…” (Barba, E. 1965; p: 312)
Pocos
se opusieron a la legitimidad sobre la ocupación de las tierras dadas por el
vicario supremo de la Iglesia, salvo John Mair1 quien dicta- minó en diversas
oportunidades y por escrito que no era lícito arrebatarles a los infieles sus reinos sobre
el pretexto de su infidelidad. ¿Cómo oponer- se a semejante línea de mando? Todos los juristas medievales así habían
establecido este principio del orden universal pontificial, además, como bien
señaló Dussel, ello constituía no solamente el pensamiento cristiano, sino
parte de su “conciencia colectiva, histórica y viviente de su Iglesia”. La
tríada de mando: DIOS / Papa /Hombres
(blancos europeos) / Infieles (judíos, musulmanes e indios) quedó así establecida
y sostenida por la autoridad real que no permitía la rebelión religiosa, representada en los
1 Plantea Mauricio Beuchot que John Mair, fue Teólogo escocés investigador destacado sobre el pensamiento de Santo Tomás. Defendió
a la iglesia de Roma, frente al protestantismo. Algunos de
sus seguidores estuvieron asociados a la iglesia protestante. Estudió
en París teología, donde se dice que
estuvo inspirado por un espíritu universalista del conocimiento. Fue
obispo en Escocia y logró destacadas influencias en el pensamiento de Francisco de Vitoria así como en el de Domingo
de Soto y otros Dominicos.
continuos exhortos a la santa
obediencia.
Si la
tríada de mando así había repartido el planeta, todos los preám- bulos de las
leyes de la corona española debían promulgar la intención de los reyes católicos
para “salvar” las almas de los naturales de las nuevas
indias. El papa autorizó, que en las nuevas tierras, bajo patente de Bula, todos los príncipes infieles
fueran desposeídos de bienes a razón de su infidelidad, pero además convertidos a
la fe “verdadera”.
3. El Otro, enemigo de Dios y del Estado. Las derivaciones políticas
del debate entre De las Casas y Sepúlveda.
Bajo el mando de la Reina Isabel, fanática religiosa, a quien se
le debe la instauración en España de
la Santa Inquisición y del Rey Fernando, inspirador de El Príncipe
de Maquiavelo y con quien
Isabel mantenía vín- culos consanguíneos2, asumieron su tarea como un imperativo de grandes revelaciones sobrenaturales. Gracias
a ello, el combate en las nuevas tie- rras se revelaba como batallas legítimas
emprendidas por la fe verdadera que salvaría el mundo de la infidelidad de los
idólatras y bárbaros.
En el razonamiento de teólogos, se iniciaron las dudas sobre la tarea
de la conquista del Nuevo Mundo, dada la contradicción entre la labor
de “salvar almas” y el maltrato, la exfoliación, el desprecio, la esclavitud y
exterminio desarrollado en las Américas.
El
santo oficio de España siempre se orientó a la homogeneidad reli- giosa, dado
la significativa población judía y musulmana en dicho terri- torio. En este contexto, el Santo Oficio (Turberville, 1965), consideraba a
los infieles poseedores de una doble moral: enemigos no solamente de Cristo
sino también del Estado.
Los cristianos,
principalmente del norte de España comenzaron sus guerras contra el
mundo musulmán en el último cuarto de siglo XI y cul- minó en la época de la llegada de Colón a las
Américas. (Elmer Barnes, Harry 1980). A los caídos se les prometía el paraíso y a los fieles sobre-
2 Francisco Herrera
Luque en su obra “La Huella Perenne”,
estudió de acuerdo
a documentos bio- gráficos las diversas patologías psiquiátricas de los reyes europeos.
En dicha obra, Luque, destaca
la tendencia hacia la endogamia (de ahí las taras genéticas) por
parte de los miembros de tales reinos. Este dato, nos interesa, puesto que hasta los momentos
intuimos que la limpieza de sangre, privilegio otorgado a las noblezas criollas
en América, es parte de la emulación
de las majestades europeas.
vivientes el botín.
No se desarrolló una política asimilasionista para los “infieles” en territorio español, sus dos únicas opciones fueron: la muerte o aceptar la
fe cristiana. Esta, nos resulta la clave para perfilar algunos “nudos
silenciados” sobre el racismo religioso, primera forma de discri- minación, de acuerdo a la sustentada tipología hecha por Ramón Grousfo- guel, cuando señala:
“El racismo religioso
(“pueblos con religión”
frente a “pueblos
sin religión”) fue la primera forma de racismo en el
“sistema –mundo /capitalista/patriarcal occi-
dentalo-céntrico/cristiano-céntrico moderno/ colonial.
Esta definición de “pue- blos sin religión” se acuñó durante
todo el siglo XVI en España. El debate que provocó la conquista de las Américas
fue alrededor del tema de si los “pueblos
sin religión” encontrados en las Indias Occidentales tienen alma o no la
tenían. Este debate generó un “efecto
bumerang” que redefinió todo el imaginario de dominación de la época” (R, Grosfoguel,
2012; p: 89)
En España
en 1492 se decreta la expulsión de los judíos
y en 1502 la ex- pulsión de los mudéjares. Se vigilaba la “pureza religiosa”, con toda la de-
legación apostólica en las funciones de la Corona española, otorgadas por el papa, la construcción jerárquica hace énfasis
en la supremacía religiosa,
(la fe verdadera, por ejemplo) lo cual hace de ello un rasgo distintivo no-
toriamente discriminatorio y segregacionista. La línea de mando celestial
(Dios- Papa) se bifurca bajo los Reyes
Católicos en dos “fracciones opera- tivas: una militar-comercial, la otra eclesiástica-misionera. Dentro de cada orden se reproduce líneas de mando similares, cuyo eje transversal sería la “sagrada
obediencia”. Hasta aquí todo el señorío estaba abrigado con un velo de superioridad, legitimidad y veracidad desde
la cual se configuró al otro como presencia “maligna” en
algunas oportunidades y “benigna” en otras.
Es decir, la construcción epistémica sobre el indígena la realizan las fracciones operativas, la Corona o el Papado certificaba o no, lo que sus
operadores previamente debatían.
Una de estas instituciones, como bien
lo señalamos anteriormente, es la fracción operativa de la “sagrada labor de
salvar almas”: órdenes católicas (dominicos, capuchinos, mercedarios, jerónimos,
jesuitas y franciscanos).
La
primera alerta sobre lo que posteriormente algunos historiadores llamaron el
“examen de conciencia”, (“principio de la responsabilidad analítica” señalada
por Foucault como una de las técnicas
de la razón pas- toral) sobre la empresa
conquistadora de España,
lo hace el dominico Fray Antonio
de Montesinos un domingo anterior
a la navidad del año
1511, clamando desde
el pulpito de la Iglesia
mayor de la ciudad de Santo
Domingo, se
interrogaba expresándose sobre los indios: “¿Estos no son hombres?” “¿Estos no
tenían sus tierras propias y señores y señoríos?” “¿con qué autoridad habéis
hecho tan detestables guerras a estas gentes que estaban en sus tierras mansas
y pacíficas?” (Barba. 1965; p: 244)
Es clave ver el posicionamiento de la Orden
Dominica en el Norte
del Caribe, principalmente en las bautizadas Antillas
Mayores. Dadas las cercanías entre la corona y la Iglesia, el Fray Antonio de Montesisnos se logra reunir con el rey Fernando el cuál convocando la junta en
Burgos dictaminó que los indios eran
libres, (libertad nominal equivalente con la de servidumbre y encomenderos3) que debían ser instruidos en la fe cris-
tiana, recibir salario por su trabajo y descanso, sumado
a la idea de que de- bían
comunicarse con los cristianos y poseer casas y haciendas. Todo ello constituyó la base de siete
principios que posteriormente se convirtieron en treinta y cinco leyes.
El 3 de julio de 1549, el Rey Carlos
V,
convoca el Consejo de indias para dejar en claro cuál era la mejor forma de evangelizar a los indios. A
este consejo recurrieron quienes apoyaban la concesión
del papa Alejan- dro VI; otra fue la orden dominica que para la fecha y previa reflexiones
de Francisco de Vitoria habían referido que el papa no podía hacerse ni conceder lo que no era suyo (Carpintero, 1985) . Sepúlveda4 expuso sus ideas durante
tres horas aproximadamente; pero De Las Casas tardó cinco
días leyendo su apología5 Sepúlveda afirmaba
que se debía emprender la guerra contra los indios apoyándose en la idolatría y
pecados de aquellos.
De las Casas rechazó todos los mecanismos bélicos que a lo sumo,
como ya lo había dejado ver su propia Orden, eran contradictorios con
3 Esta
libertad endosada por el Rey Fernando podríamos
señalarla como una de las primeras formas de
endilgar “libertad regulada” en la época
moderna. Se trata
de la primera libertad que paradójicamente
es condicionada.
4 Ginés
de Sepúlveda, amigo cercano del Arzobispo de Sevilla, quien encabezaba el Con-
sejo Supremo de Indias para esta fecha, lo
exhorta a exponer dichas ideas en público.
Se- púlveda, quien ya había
traducido toda la obra de Aristóteles
y quien además fungió como educador personal del príncipe Felipe,
para 1533 había escrito, su justificación de la guerra, tratado que llamó: “De
convenientia millitaris, disciplinae cum christiana religione, dia- logus que inscribitur Democrates”. Dicho texto, nunca tuvo el permiso del
Consejo Real, tampoco del Consejo
de Indias, puesto que Bartolomé
de Las Casas, interviene enviando
el libro a la universidad de Alcalá y a la Universidad de Salamanca, donde
la sentencia de no
publicarlo recayó en manos de sus hermanos dominicos.
5 Cuyo
ejemplar se encuentra resguardado en la Biblioteca Nacional de París.
la doctrina
cristiana. La decisión del Consejo de Indias, se inclinó por Bartolomé de las
casas. Este espíritu inspiró, sin duda, un movimiento eufemizador de la penetración española que aparece
registrado en algunos cedularios, principalmente los encabezados por Juan de Ovando6, quien ocuparía la
presidencia del Consejo de Indias (1571-1575) y escribe las ordenanzas inspiradas en ello. Ovando,
suprime la palabra
“conquista” por la de “pacificación”, todo ello por la propia sugerencia De las Casas y como uno de los resultados de aquel
debate histórico. El régimen de requerimiento, junto a todos los intereses
económicos invertidos en la co- lonización fue sin duda sacudido.
Todo el debate, es encabezado principalmente por miembros de la or- den dominica. Las consecuencias de lo alcanzado
por De las Casas, lleva a emplear no solamente políticas exo
península, sino también algunas en- do-península, lo cual confirma
el “efecto bumerang”
señalado por Grosfo- guel (2012). La España de las
cruzadas se convierte en el siglo XVI en la España misional. Vale la pena señalar que el germen racista llega a Amé-
rica inserto en las distintas formas de dominación impuesta por sus voce- ros: cívico-militares y religiosos. Así, los pobladores americanos serían en
todo caso “buenos imitadores de un modelo exclusivo e insuperable.” (Mosonyi, E; Suarez L. 2010).
Inicialmente
la castellanización de los in- dígenas jugó (y aún lo hace) un papel
crucial en este proceso etno-fago- citador como expresión de la
gubernamentalización no sólo del indígena, sino de aquello que es “perfilado”
desde el poder como el “no ser”.
El debate
desarrollado por Bartolomé De las Casas y Ginés de Sepúl- veda es uno de los primeros tribunales en el que se
Teo-fagocita la hu- manidad de
quienes, sin saberlo, entran dibujados con rostros, palabras y creencias violentadas. Se debe comprender el alcance y peso epistémico y político del debate entre ambos, puesto que de allí, no de
otras esferas del poder, toda la
gestión de la vida del indio, como posteriormente ocurrirá con el mestizo, amén
de los afro-descendientes, se inventará con narrati- vas apelativas, así como
las benefactoras del poder central y centraliza- dor (Grosfoguel, 2012). El discurso de vasallaje violento del indio, queda
6 Nacido en España, preside el Consejo de Indias.
Posteriormente instruye varias expediciones en América por petición del rey Felipe II.
Realiza estudios de astronomía y geografía en virtud de lograr sistematizar los conocimientos del Nuevo Mundo. Al reformar el Consejo de Indias, comprende que se debían profesionalizar la encomienda
de sistematizar todo lo concerniente a la Corona en España. Crea a partir de
ello el cargo de Cosmógrafo Real y
Cronista Mayor.
subsumido, al menos
temporalmente, por el de “pacificación cristiana”. Abrazar la “fe verdadera”
era primariamente reconocer la idolatría de la vida anterior como fuente de
perdición.
Es precisamente ese punto que nos permite
establecer en nuestra
inves- tigación genealógica los principios sobre los que se gesta la
gubernamen- talización americana. Eufemizada la “Guerra Santa” contra los infieles, las políticas de vigilancia del binomio
Iglesia-Corona sobre las poblaciones en las Américas,
tuvieron como núcleo discursivo-accionario la sospecha
sobre el indio. La evangelización “pacifica” de las nuevas tierras
convive con la militarización de los territorios, es decir, con el empleo “justo” de la violencia
sobre poblaciones que siempre, por su propio Estado de Na- turaleza,
aislamiento, idolatría, rudeza e ignorancia, serían vigiladas con mucho recelo.
El contexto,
principalmente en el centro norte – Caribe de América,
en el que se desarrolla el tribunal “De las Casas-Sepúlveda, entre 1500-1580,
(como decíamos primer siglo de la conquista) estuvo lleno de conflictos, rebeliones
y epidemias. La implementación del régimen de encomiendas en el Caribe, como
los primeros “experimentos” misionales en este perio- do conllevó a una casi
indetenible desaparición de los pueblos con lo que se estableció un violento
contacto.
A su paso,
la avanzada evangelizadora produce desapariciones de pue-
blos completos que se resistieron a las opciones
de “abrazar la fe” o morir, como bien se había realizado en contra
del mundo islámico y judío. Las prácticas religiosas, el idioma, los ritos relacionados con la fecundidad, la agricultura, la astronomía,
entre otros elementos que diferenciaban al “otro” del “ego conquistador”, fue fagocitado por el prisma
teológico cris- tiano y
metaforizado como una enfermedad. En esto reside la capacidad para condensar
cualquier elemento identitario del indígena por los juicios de valor cristiano
que es reiterado a lo largo y ancho
de la colonización americana hasta acentuarse como “colonialidad naturalizada”
en el siglo XVIII y XIX. El indio, además de estar siempre
bajo sospecha, representó (y creemos que aún lo representa para el poder) la peligrosa
dimensión del aislamiento que
concede su Estado de Naturaleza y ante lo cual se debió intervenir para
remediar los males ficcionalizados por sus propios “gale- nos espirituales”.
4. El siglo XVI, la era de los gobiernos,
las conductas y las direcciones.
La gubernamentalidad es trazada por diversas genealogías constituidas a su vez por dispositivos7 que configuran la racionalidad del estado moder-
no. La diferenciación entre el Estado de justicia medieval y el surgimien- to del Estado moderno,
se le llama gubernamentalidad. (Castro
Gómez;
2010) En nuestra investigación la guberna-mentalidad es detectada por diversos discursos que el poder asume para construir
“alteridades congéni- tas” marcadas
asimétricamente sobre el otro, como elemento diferenciador de quien lo enuncia-ubica
dentro de esa “frontera”.
En los primeros
cien años de la conquista
americana, se emplearon
un conjunto de técnicas, argumentos,
dispositivos y medios para conducir el comportamiento de los individuos, dibujados como perezosos, indolentes, apostatas, infieles, ignorantes, bárbaros,
insensibles, idólatras, antropófa- gos, entre otros calificativos
de un extenso
corolario racista. No hay gu-
bernamentalidad que no atienda el “otro” como problema, es decir, para
la mentalidad de quienes gobiernan, el otro es un problema
en tanto que es configurado como diferencia (de
quien domina) que debe ser vigilada, conducida y de ser posible sometida en
función de un beneficio (salva- ción) prescrito por quien lo construyó como diferente. En resumen, la fun-
ción primigenia de la guberna-mentalidad, es la construcción-conducción de aquel que la miopía del poder ubica fuera de los márgenes normales de la vida en sociedad (occidental). Concerniente a este concepto,
escribe Axel Rojas:
“La noción de gubernamentalidad, permite ver cómo operan las
estrategias, tác- ticas y autoridad que se plantean como propósito el bienestar
de individuos y poblaciones, o la eliminación de los conflictos
que los afectan, y que en conse- cuencia procuran conducirlos a la
adopción de mejores prácticas de vida o, en general, a la alteración de su
conducta” (Rojas, Axel. 2011; p: 175).
El gobierno de las
mentes sobre los individuos no se ejerce sin au-
toridad y ésta existe en las “mentes
gobernadas” gracias a los múltiples
7 Al respecto, señala Deluze en la obra: “Foucault, filósofo. Qué es un dispositivo” (1990), sobre la categoría “dispositivo” empleada comúnmente por
Foucault en buena parte de su obra, escribiendo que es un conjunto o madeja
multilineal que no abarcan ni rodean siste- mas, (sujeto, objeto, lenguaje);
sino que siguen direcciones diferentes que se bifurcan, que- bradas muchas veces,
siempre en desequilibrios y siguiendo direcciones distintas, muchas veces
contradictorias. Los dispositivos, comprenden una imagen crucial dentro de las ge-
nealogías (arqueológicas) de
Foucault, al cual Deluze, sabe muy
bien precisar y posicionar dentro del discurso filosófico de Foucault.
argumentos persuasivos en virtud de que
dicha autoridad sea reconocida por los gobernados como algo inexorable en su
destino como individuos. De ahí que las “soluciones” que ofrecen los trazos del poder guberna-men- tal, sean también
definitorios y vinculantes con la identidad que el propio poder le asigna a los gobernados. En esta dirección señalan Papalini, Cór-
doba y Marengo:
“De nada sirve un problema si no ha de plantearse una posible
solución. La re- gulación de la conducta de los sujetos
en un determinado sentido depende
de la aplicación, por parte de las autoridades pertinentes, de ciertas
normas consa- gradas por algún cuerpo de conocimientos legítimos” (Papalini, V; Córdoba
M; Marengo L; 2012. p: 197)
En esta investigación ese “cuerpo de conocimientos legítimos”
tuvo como epicentro epistémico a la escritura alfabética indo-europea; el cris-
tianismo católico como autoridad en el manejo de las soluciones
y la co- rona española como
derivación del poder eclesial, al menos hasta bien desarrollado el siglo XVI. Para ello el conocimiento teológico consagró la posición de gobernantes y gobernados, hasta expandirse, con sus técnicas, procedimientos, medios
y dispositivos a la naciente
racionalidad políti- ca del
Estado moderno, fundamentado en el conocimiento “estadístico” como derivación
de otras fuerzas que subyacen en Europa relacionadas con la “mathesis”, “ideal de la ciencia clásica”. (Castro Gómez,
2010)
En síntesis,
nos resulta clave precisar en términos generales
las razones por las que
Foucault llama al siglo XVI el siglo de las conductas, los go- biernos y las direcciones y cómo esto se vincula
con lo desarrollado hasta
esta parte con la genealogía en nuestra investigación. A saber:
1. De
la “teología” se pasa a la “teo-política”. El discurso teológico constituyó en
más de la mitad del siglo XVI, el discurso de la supremacía del poder eclesial
que simultáneamente conformó su posicionamiento po- lítico. Esto
quiere decir, no solamente que la
función del Rey designado (por dios) debe ser la de gobernar a sus súbditos
como un pastor gobierna a sus ovejas
o como los dioses gobiernan a los hombres,
sino que el Estado
moderno surge precisamente de la
fusión, lenta, progresiva y amoldada a las propias necesidades e intereses del
mercado colonial. La construcción política de este Estado, pasa,
necesariamente por las narrativas discursivas que sobre los sujetos
distintos al “ego-conquistador” se enuncian, en vir- tud de “erguirse” como autoridad legítima
frente a estos,
aún en su propia resistencia.
2. Las primeras
construcciones epistémicas
sobre el otro, descienden de
las cúspides teológico-académicas que a lo sumo en la época, consti- tuyó la
misma cara, la misma moneda. Nos interesa el cristianismo como programa de gobierno, expresión
consecuente y multiforme de la razón pastoral. La iglesia cristiana
cumple la función de gobierno sobre la vida cotidiana para conducir (al mundo inferior
de los infieles) a la salvación de sus almas.
Las “técnicas de conducción de la conducta”, dentro de lo ló- gica de la razón pastoral, conforman
un complejo conjunto de decisiones, proclamas, ordenanzas, discursos, mucho de
los cuales quedan “reduci- dos” a la escritura y a las líneas invisibles de las
ramificaciones del poder político-eclesial.
3. El
Poder Pastoral es un conjunto de técnicas relativas a la dirección de la conciencia, el cuidado de las almas y la confesión de los pecados.
A la vez, son técnicas de individuación multidireccionales, pues, se
“vigila- ba” a quien se consideraba fuera del orden lógico de la teología cristiana,
pero sin que ello significara que el propio “pastor” escapara
a esta “múlti- ple observancia” y cuidado sobre el “sí mismo”. Las llamadas reducciones (indígenas), posteriormente misiones
y
todo el régimen pastoral desa- rrollado a partir o dentro de la “lógica
arquidiocesana” confirma la forma cómo se articularon los “Principios de la racionalidad de las Técnicas
pas- torales” en las Américas.
Conclusiones
Las definiciones básicas que se emplearon como puntos de partida
del iusnaturalismo, resultaron decisivas para establecer
los proyectos políti- cos de la gubernamentalidad moderna. La artificialidad
del hombre ais- lado, que encarna el Estado de Naturaleza, más
que consecuencia de la especulación intelectual, es su ubicación geopolítica.
El iusnaturalismo, se convierte en uno de los primigenios pasos en la larga marcha hacia la gubernamentalización de
la vida humana, cuan- do desde un ángulo enunciativo primariamente europeo, sus
disertacio- nes antropo-jurídicas determinaron que el destino del Estado
Natural del hombre, es precisamente vivir bajo la ratio gubernamentalis del
Estado Político. El indio, al igual que el Estado de Naturaleza, son la cara de
la misma moneda: ambos son construcciones ficcionales, abstracciones
fundamentales desde la cual se derivan
un conjunto de decisiones contrac- tuales que de una u otra manera
ha legitimado la dominación del espectro de las culturas colonizadas por
Occidente.
La construcción antropológica del “otro” comienza aparecer
dentro del razonamiento iusnaturalista, como aquello que estando aislado
se encuen- tra en claras
condiciones asimétricas frente aquello que aparece como el destino inexorable
de “lo constituido”. Al hombre que está en Estado de
Naturaleza, a través de la razón pastoral y conjuntamente con la razón política
del Estado civil, se le marcará su “circulo sagrado” al que refiere Foucault,
como juegos de exclusión social y posterior reinserción espiri- tual.
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